Disco duro / El “derecho a mentir” y los incómodamente libres
En México la libertad de expresión está garantizada en la Constitución, pero no es irrestricta. La ley establece límites claros.
El artículo Sexto constitucional dispone que la manifestación de ideas no puede ser objeto de inquisición judicial o administrativa, salvo cuando ataque la moral, los derechos de terceros, se provoque un delito o se perturbe el orden público.
La libertad de prensa no incluye el derecho a incitar a la violencia, hacer apología del delito ni a difundir datos personales sensibles. En pocas palabras: ya existen legislación que pone límites al libertinaje periodístico.
Por tanto no existe eso que los voceros de la 4T llaman un “derecho a mentir”, pretexto con el que están llamando a restringir libertades, cerrar medios, encarcelar periodistas y unificar la voz en torno de una sola verdad, la verdad “oficial”.
La democracia no funciona bajo consignas únicas ni con pautas de comunicación dictadas desde los centros del poder político, judicial y legislativo. Se vale disentir, se necesita disentir.
En efecto, la libertad de expresión no es licencia para mentir, pero tampoco puede ser un permiso para censurar. La democracia mexicana requiere voces diversas e incómodas: incómodamente libres.
















