Opinión / Columna
 
Claudia Sofía Corichi  
La Ley sobre Salarios Mínimos
El Sol de Zacatecas
27 de agosto de 2009

  Benito Juárez García, Benemérito de las Américas, dijo sobre el ingreso de los servidores públicos que: deben consagrarse asiduamente al trabajo; disponiéndose a vivir en la honrosa medianía que proporciona la retribución que la ley le señala...".

Este principio juarista no se ha cumplido en México, entre otras cosas, porque, hasta hace unos días, la ley no establecía límites a los ingresos de los servidores públicos y, por ello, la estructura salarial del sector público es un fiel reflejo del sistema económico mexicano. No solo con diferencias de salarios entre poderes, sino entre niveles de gobierno y sus servidores públicos de todos los niveles. La Constitución establece la autonomía de los poderes judicial y legislativo, así como de los órganos autónomos de Estado para elaborar su propio presupuesto, disposición ratificada, sin limitaciones, por la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; la misma Constitución establece la autonomía estatal y municipal para manejar su hacienda. Dentro de esa libertad se dieron abusos, como el caso de presidentes municipales que cobraban más de cuatrocientos mil pesos mensuales, y el ingreso neto de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que era de $ 333,179.81 mensuales el año pasado, además de recibir muchas otras prestaciones, ese ingreso es libre de impuestos; constitucionalmente, igual ingreso deben recibir los Consejeros del Instituto Federal Electoral.

Ante esta laguna legal, al inicio de la LX Legislatura, en el 2006, el grupo Parlamentario del PRD en el Senado de la República, presentan una iniciativa para modificar varios ordenamientos legales con el fin de reglamentar los ingresos y jubilaciones de los servidores públicos, a efecto de que ninguno tuviera un salario mayor al del Presidente de la República, proceso legislativo que culminó el 22 del mes en curso con la promulgación de la modificación de 6 artículos constitucionales (75, 115, 116, 122, 123 y 127). La transparencia y la reducción de los altos salarios de algunos servidores son temas que el Partido de la Revolución Democrática ha enarbolado, y que fueron ofertas de nuestra campaña para las elecciones federales del 2006, por ello hoy nos congratulamos de este logro, que sin duda no es un triunfo de PRD solamente, sino de todo México.

Por virtud de esta modificación legislativa, los servidores públicos de la Federación, de los Estados, del Distrito Federal y de los Municipios, de sus entidades y dependencias, así como de sus administraciones paraestatales y paramunicipales, fideicomisos públicos, instituciones y organismos autónomos, y cualquier otro ente público, recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades. Dicha remuneración será determinada anual y equitativamente en los presupuestos de egresos correspondientes y una de las bases es que ningún servidor público podrá recibir remuneración, por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, mayor a la establecida para el Presidente de la República en el presupuesto correspondiente. Asimismo se estableció que no se concederán ni cubrirán jubilaciones, pensiones o haberes de retiro, ni liquidaciones por servicios prestados, como tampoco préstamos o créditos, sin que éstas se encuentren asignadas por la ley, decreto legislativo, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo. Sobre jubilaciones fraudulentas, debemos recordar el paradigmático caso de José Ángel Gurría, quién obtuvo ilegalmente una pensión vitalicia de Nacional Financiera, por 43,000 pesos mensuales, actualizables anualmente, por... jubilación. Eso sucedió con fecha de 16 de abril de 1994, cuando tenía 43 años y 11 meses de edad y había trabajado solo cuatro años como director de la paraestatal referida. Estos abusos no deben repetirse.

El Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, establece para el Presidente de la República, un ingreso neto mensual de $ 152,467.17, esto es, después de pagar impuestos y otras deducciones, y, a partir del año 2010, ningún servidor público de los 3 órdenes de gobierno podrá cobrar una cantidad mayor. Se establece en los transitorios del decreto en cuestión una excepción, las percepciones de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los magistrados de Circuito, los jueces de Distrito, los consejeros de la Judicatura Federal, los integrantes del Consejo General del Instituto Federal Electoral y los magistrados y jueces de los Poderes Judiciales Estatales, que actualmente estén en funciones se mantendrán mientras dure su encargo, sin importar que sean superiores a las que recibe el Presidente de la República; lo anterior se debe a que la misma Constitución establece la irreductibilidad de los ingresos, durante el tiempo de su encargo de estos servidores públicos. Así pues las nuevas disposiciones de salarios máximos no serán aplicables en el Poder Judicial de la Federación y en los Poderes Judiciales de los Estados, ni en el Instituto Federal Electoral, solo lo serán a los nuevos integrantes de éstos poderes y del órgano autónomo, que se incorporen a ellos con posterioridad a la aprobación del decreto. Si bien es legalmente válido el cobro que, en demasía de los ingresos del Presidente de la República, harán los servidores públicos beneficiados con la excepción a la Ley, es dudosa su moralidad.

No deja de ser extraño que el Presidente Calderón anunciara con bombo y platillo la promulgación del decreto de salarios máximos, asumiendo la paternidad del proyecto y no reconociendo a la izquierda mexicana como autora de la iniciativa; inclusive el Presidente no promulgó el decreto dentro del plazo al que la Constitución lo obliga, sino que se excedió en él.

Méritos aparte, lo importante es que nuestro país cuenta ya con disposiciones legales claras en materia de salarios de servidores públicos, que obligan a la transparencia y a la congruencia en una materia que, entendiblemente, causa malestar en la mayoría de los connacionales. Bien por México.

* Senadora de la República
 
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