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Finanzas Locales
Profeco alerta sobre las casas para empeño
Las casas de empeño de asistencia cumplen con lo que establece la Ley Federal de Protección al Consumidor, no así algunas franquicias de reciente apertura. Foto: El Sol de Tulancingo.
El Sol de Tulancingo
25 de febrero de 2008
Por Claudia González-Rubio
Tulancingo, Hidalgo.-En los últimos meses, en Tulancingo, han abierto numerosas casas de empeño, por lo que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recomienda estar alerta con objeto de no ser víctima de contratos ventajosos. El titular de la dependencia municipal, Roberto Martínez de la Torre, dijo estar al pendiente de que los establecimientos cumplan lo que indican las normas oficiales para su operación. Exhortó a la gente a que antes de empeñar sus pertenencias, destine unos minutos en conocer la información que le permita en lo posterior recuperar sus objetos sin contratiempos. Así evitarán ser víctimas de contratos ventajosos, en los que muchas veces insertan cláusulas en letras pequeñas con toda alevosía a efecto de sorprender con pagos extras. Trata de evitar que los usuarios de servicios prendarios vean vulnerados sus derechos al no contar las casas de empeño con información clara y veraz. Esto respecto a condiciones, tasas de interés, plazos y garantías. Los centros prendarios, afirmó, deben ajustarse a lo que establece la Ley Federal de Protección al Consumidor. Destacó que en años anteriores sólo existían instituciones de asistencia como los Montepíos, pero de manera reciente han abierto otras en modalidad de franquicias. El préstamo prendario, expuso el funcionario, se ha vuelto opción para consumidores de ingresos medio y bajo, a fin de obtener préstamos rápidos a propósito de confrontar compromisos. Refirió que es común que los usuarios de estos servicios, con la premura y urgencia de contar con dinero, no lean el contrato plasmado al reverso de la boleta de empeño. Hasta hace poco, prosiguió, este tipo de préstamos no estaban regulados, y los consumidores quedaban desprotegidos. Las normas oficiales son claras, al establecer que las empresas o personas físicas dedicadas al préstamo prendario deberán transparentar sus operaciones. De manera permanente y visible deben publicar en el establecimiento el porcentaje de préstamos conforme al avalúo de la prenda, tipos de éstas aceptadas y horario de servicio y atención de reclamos. Enfatizó que en las instituciones de asistencia sí cumplen con lo referido, no así en algunas de reciente apertura, por lo cual estará al pendiente y hará los exhortos que correspondan. Lo que es de interés para el público y debe ser exhibido es el Costo Anual Total, conocido como CAT, que es la tasa de interés anual. Además de gastos por almacenaje, número de refrendos a que tiene derecho el consumidor, plazos para el pago de interés y requisitos en el desempeño de las prendas. La información también debe contener los procedimientos para la comercialización en caso de no recoger la prenda. Otro aspecto que marca la Ley Federal de Protección al Consumidor es que las casas de empeño deben contar con un contrato de prestación de servicios en idioma español. Igualmente, contener los datos del establecimiento, fecha de la operación, descripción de la prenda, monto prestado, plazo para el desempeño y tasa de interés pactado, entre otros. Martínez de la Torre precisó que si un consumidor ya fue víctima de algún abuso en este giro, acuda a las oficinas de la Profeco, situadas en la calle Cuauhtémoc, edificio México. El horario de atención es de 8:30 a 16 horas, de lunes a viernes. |
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