Opinión / Columna
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Jesús Manuel Chávez
"El Dedo en la Llaga"... Un Obispo para la Diócesis de Parral
El Sol de Parral
3 de febrero de 2012
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Después de que la Diócesis de la región sur del estado de Chihuahua, perdiera irreparablemente a su pastor, obispo don José Andrés Corral Arredondo, quien tuvo a su cargo la difícil tarea de pastorear este gremio de la Iglesia. Aunque aún con profunda tristeza y esperando que en los brazos de Dios descanse eternamente, trataré de explicar el procedimiento oficial que se ha seguido y lo que nos espera próximamente.
El Vaticano por medio del nuncio apostólico Christophe Pierre, de la Santa Sede en México, designó al arzobispo de Chihuahua, Constancio Miranda Weckman, como encargado de administrar la Diócesis que quedó acéfala tras la muerte de don José Andrés Corral Arredondo. A su vez, el Arzobispo nombró al anterior vicario general, presbítero Ignacio García Sosa, como delegado en la Diócesis de Parral; donde sus funciones delegadas por el Arzobispo son las de un Obispo, excepto la de ordenación. El canciller y el vicario judicial son los únicos que permanecen en su función hasta que haya nuevo obispo.
La incertidumbre que se ha generado en todos los ámbitos con respecto al personaje que vendrá a ser el pastor en nuestra Diócesis, ha sido recreada por chismes, infundios que lo único que logran es confundir a los feligreses. Trataré de explicar con base en el Derecho Canónico, cuál es el proceso que se sigue cuando se ha de nombrar un obispo diocesano: Para proponer a la Sede Apostólica una terna, corresponde al Legado Pontificio investigar separadamente y comunicar a la misma Sede Apostólica, juntamente con su opinión, lo que sugieran el Arzobispo y los sufragáneos de la provincia, a la cual pertenece la Diócesis que se ha de proveer, así como el Presidente de la Conferencia Episcopal; oiga además el Legado Pontificio a algunos del Colegio de Consultores y del Cabildo Catedral y, si lo juzgare conveniente, pida en secreto y separadamente el parecer de algunos de uno y otro clero, y también de laicos que destaquen por su sabiduría.
Para la idoneidad de los candidatos al Episcopado, se requiere que el interesado sea: insigne por la firmeza de su fe, buenas costumbres, piedad, celo por las almas, sabiduría, prudencia y virtudes humanas, y dotado de las demás cualidades que le hacen apto para ejercer el oficio de que se trata; de buena fama; de al menos treinta y cinco años; ordenado de presbítero desde hace al menos cinco años; doctor o al menos licenciado en Sagrada Escritura, Teología o Derecho Canónico, por un instituto de estudios superiores aprobado por la Sede Apostólica, o al menos verdaderamente experto en esas disciplinas. El juicio definitivo sobre la idoneidad del candidato corresponde a la Sede Apostólica. A no ser que esté legítimamente impedido, quien ha sido promovido al Episcopado debe recibir la consagración episcopal dentro del plazo de tres meses a partir del día en que le llegaron las letras apostólicas; y, en todo caso, antes de tomar posesión de su oficio. Mientras tanto los católicos deberemos orar para que el Espíritu Santo ilumine al Papa Benedicto XVI y nos envíe un obispo apto para el pueblo católico de esta grey de la Iglesia.
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