Opinión / Columna
 
Nadia Díaz Bustos 
Algunas razones
El Sol de Córdoba
19 de octubre de 2009

  He recogido opiniones de amigos y conocidos sobre la liquidación fáctica de Luz y Fuerza del Centro y las razones que provocaron la decisión del Ejecutivo y son encontradísimas, la mayoría apoya al SME, sin embargo, yo difiero de esa mayoría. Soy de la quizás minoría que piensa ¡Ya era tiempo!

Puedo citar muchas razones por las que hacía ya varios años debió ejecutarse la liquidación de la compañía, sin embargo, quiero compartir un extracto del informe de auditoría denominado Auditoría a los procesos de Generación, Transmisión, Transformación, Distribución y Comercialización de Energía Eléctrica, realizada a LCF por la Auditoría Superior de la Federación, con motivo de la revisión de la Cuenta Pública 2007. Las conclusiones el propio lector podrá deducirlas y tal vez estará de acuerdo conmigo en que ya era tiempo:

"En 2007 la entidad registró un pasivo laboral que representó el 71.9% de su pasivo total y el 68.7% de su activo. Como se observa en el cuadro anterior, durante el periodo 1998-2007 el pasivo laboral se incrementó en 11.7%, promedio anual; esto es mayor en 7.3 puntos porcentuales al incremento anual del activo y 7.6 puntos porcentuales al incremento anual del pasivo total en el mismo periodo. Con base en estos resultados se determinó la prospectiva hacia el 2016 que se presenta a continuación:

Como se observa en la gráfica anterior, ceteris paribus, se estima que el pasivo de LFC será igual al activo en 2009, lo cual refleja que para ese año la entidad no contará con liquidez global para soportar su deuda, en tanto que el pasivo laboral igualará al activo en 2013; para 2016 el pasivo será mayor en 28.1% al activo y el pasivo laboral en 15.4%.

Con base en los costos promedios ponderados de LFC, se determinó que, en términos de costo, no es rentable la generación de LFC en sus centrales termoeléctricas.

El Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) celebrado entre LFC y el SME establece las condiciones jurídicas, laborales y económicas que regulan la relación obrero-patronal en el centro de trabajo.

Como se observa en el cuadro anterior, el costo de las cláusulas económicas del CCT se incrementó en promedio anual 14.9%, en tanto que las aplicables a los trabajadores sindicalizados activos se incrementó en 10.7% y las de los trabajadores sindicalizados jubilados en 19.8%.

Como se observa en la gráfica anterior el costo del CCT en cuanto a los trabajadores sindicalizados activos representa el 20.0% del costo de explotación de la entidad, en cuanto a los trabajadores sindicalizados jubilados representa el 25.5%; esto es 5.5 puntos porcentuales más que los activos.

El impacto total del CCT en el costo de explotación de la entidad más compra de energía se presenta en la gráfica siguiente:

Como se observa en la gráfica anterior el costo del CCT en cuanto a los trabajadores sindicalizados activos representa el 8.4% del costo de explotación de la entidad más compra de energía; y en cuanto a los trabajadores sindicalizados jubilados, el 10.8%; esto es, 2.4 puntos porcentuales más que los activos.

Con base en un modelo de regresión lineal múltiple, en el que se consideraron como variables el total de trabajadores, los usuarios y las ventas de energía, se determinó la prospectiva 2008-2016 siguiente: ...

Como se observa en la gráfica anterior se estima que, ceteris paribus, el costo del CCT para 2016 será de 29,349,186.3 miles de pesos, de los cuales el 60.5% correspondería a trabajadores sindicalizados jubilados y 39.5% a sindicalizados activos.

Durante el periodo 1998-2007 el margen de comercialización de LFC disminuyó en 163.1% debido al incremento de 108.9% en las pérdidas de energía eléctrica; el costo de explotación se incrementó en 64.7%, principalmente por el incremento de las erogaciones en previsión social, costos generales, prestaciones y combustibles; en 2007 el resultado neto antes de subsidio es una pérdida de 32,390,446.0 miles de pesos, que representó un incremento de 47.6% con respecto a 1998, y se estima que para 2016 el subsidio del Gobierno Federal será superior en 49.8% de los recursos que requiere para operar LFC; el pasivo laboral se incrementó en 171.6% y se estima que para 2013 igualará al activo; en 2007 el costo operativo de las centrales termoeléctricas de LFC fue superior en 105.5% al de la CFE y el de las centrales hidroeléctricas en 232.7%; el costo del CCT se incrementó en 14.9% en promedio anual, y en 2007 representó el 45.5% del costo de explotación de la entidad, lo cual se debió principalmente a las cláusulas que son aplicables para los trabajadores jubilados. Por lo anterior se determinó que el funcionamiento de LFC no es conveniente desde el punto de vista de la economía nacional.

En relación con los resultados de margen de comercialización, costo de explotación, resultado neto, pasivo laboral, costo operativo y costo del Contrato Colectivo de Trabajo, se precisó que ni la SHCP ni la SENER presentaron evidencia de haber realizado estudios o evaluaciones sobre la conveniencia de proceder en términos de lo establecido en el artículo 16 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales que señala que cuando el funcionamiento de algún organismo creado por el ejecutivo federal ya no resulte conveniente desde el punto de vista de la economía nacional la SHyCP y la Secretaría Coordinadora de Sector, deberán presentar al ejecutivo una propuesta para la disolución o fusión de dicho organismo."

Es cuanto, estimado lector.
 
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