Migración
Quiere INM el 100% de la recaudación del Derecho de No Inmigrante
Organización Editorial Mexicana
3 de octubre de 2008

Redacción El Sol de México

Ciudad de México.- El Instituto Nacional de Migración solicitó a la Cámara de Diputados reformar la Ley Federal de Derechos, para que el 100 por ciento de la recaudación obtenida por concepto del Derecho de No Inmigrante (DNI) retornen al Instituto Nacional de Migración (INM) para mejorar los servicios en materia migratoria que proporciona.

Actualmente el dinero recaudado por el cobro de los derechos de no inmigrante se destina en 80 por ciento al Consejo de Promoción Turística de México. Sólo el 20 por ciento del DNI va para el INM.

Para tratar este asunto, se reunieron representantes del INM con legisladores de la Comisión de Fronteras, Población y Asuntos Migratorios de la Cámara de Diputados. En el marco de la negociación del presupuesto 2009 para el INM -se habla de mil 764 millones de pesos- el Instituto planteó que si recupera el total de ingresos por concepto de DNI, el INM gozaría de un presupuesto de tres mil 583 millones de pesos.

Argumentó: migración es la puerta de México; la prestación de servicios migratorios deficiente e inadecuada causa que los extranjeros ya no vuelvan al país.

ANTECEDENTES

El 31 de diciembre de 1998 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Ley Federal de Derechos (LFD) en la que se agregaron las fracciones I, III y VII al artículo 8, que establece que "por la expedición de autorización en la que se otorga la calidad migratoria de No migrante a extranjeros y por las prórrogas correspondientes se pagará el derecho por servicios migratorios":

Fracción I para turista 237 pesos; fracción III visitantes de negocios o consejeros 237 pesos; y fracción VIII transmigrante 237 pesos.

El Instituto Nacional de Migración (INM) ha sido desde la creación del DNI, la instancia encargada de vigilar el pago, cobrar y enterar los derechos derivados de la calidad de no migrante, así como la responsable por las omisiones o faltas que se cometan en su cobro. Pero en los años 1999-2001 no recibió la contraprestación a que tenía derecho, es decir, el 100 por ciento de lo recaudado.

En enero de 2002, se agregó una reforma (artículo 18-A a la LFD) que estableció que de los ingresos que se obtengan respecto a la fracción I, se destinen en un 50 por ciento al INM para mejorar los servicios que en materia migratoria proporciona, y en un 50 por ciento al Consejo de Promoción Turística de México.

En diciembre de 2006 otra vez se reformó el artículo 18-A para establecer que el 30 por ciento del DNI se destinara al INM y el 70 por ciento restante al Consejo de Promoción Turística.

En diciembre de 2007 nuevamente se reformó el artículo 18-A que ordenó que de la recaudación del derecho establecido en la fracción I del artículo 8, sólo el 20 por ciento sería para el INM y el 80 por ciento al Consejo de Promoción Turística de México. El dictamen respectivo no justificó el aumento al 80 por ciento del DNI al Consejo.