|
Opinión
![]() Juan Antonio García Villa
El tamaño de los congresos locales
El Sol de México
27 de julio de 2008
De acuerdo con la información más reciente disponible, en las 31 entidades federativas del país, que por disposición del artículo 116 constitucional deben contar con una asamblea legislativa, hay un total de un mil 72 diputados. Si a esta cifra se agregan los 66 del Distrito Federal, que como se sabe en sentido estricto no es una entidad federativa, el número asciende a un mil 138 legisladores. De éstos 691 son electos por el sistema de mayoría relativa y 447 por el de representación proporcional, también conocido como plurinominal. Surge ahora una pregunta: ¿Se trata de pocos o de muchos legisladores para una entidad federativa, o su número es razonablemente adecuado?
Otra pregunta pertinente es: ¿Qué dice al respecto la Constitución? En el vigente artículo 116, fracción II, la Carta Magna establece que el número de representantes en las Legislatura locales "no podrá ser menor de siete diputados en los estados cuya población no llegue a 400 mil habitantes; de nueve, en aquellos cuya población no llegue a 800 mil habitantes, y de once en los estados cuya población sea superior a esta última cifra". Este texto es el mismo que aprobaron los constituyentes de Querétaro hace 91 años, pues no ha tenido hasta la fecha modificación alguna. ¿Por qué? La respuesta es muy sencilla. Porque el texto constitucional no habla de un número máximo de legisladores por cada tantos habitantes de las entidades federativas ni establece topes. Se trata de lo que se llama una regla de mínimos. Claramente dice la Constitución que el número de integrantes de la Legislatura "no podrá ser menor" de siete, de nueve, o de once diputados según se trate de una población estatal de menos de 400 mil habitantes, de hasta 800 mil o superior a esta cifra, respectivamente. La disposición no señala que el número de diputados no podrá ser superior a tal número sino que no podrá ser inferior a las cantidades señaladas. Además, la población actual del país supera en más de siete tantos a la que tenía hace nueve décadas. Quizá esto explica la razón de que hoy en día ningún Congreso estatal tiene once o menos diputados. Así, la legislatura estatal que menos diputados locales tiene (y cuyo estado se cuenta también entre los de menor población) es la de Baja California Sur con 21, es decir, una cifra equivalente a casi el doble del número más alto -que es de once- mencionado por la Constitución; y la entidad con el congreso local más numeroso, integrado por 75 legisladores, es el del Estado de México, que, además, coincide con que es el más poblado del país. Por rangos numéricos, son 13 las entidades cuya legislatura local tiene entre 21 y 30 diputados, a saber: Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Colima, Durango, Hidalgo, Morelos, Nayarit, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Yucatán y Zacatecas. Son 12 las que tienen entre 31 y 40 legisladores, como sigue: Campeche, Coahuila, Chiapas, Chihuahua, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas y Tlaxcala. Cinco son las que cuentan entre 41 y 50 representantes populares: Guerrero, Nuevo León, Oaxaca, Puebla y Veracruz, y el que falta, que es el Estado de México, tiene 75 como ya se dijo. ¿A qué viene lo anterior? A que a pesar de que el número de diputados locales se ha venido incrementando con el paso de los años (pues en 1996 de acuerdo a un recuento hecho estado por estado por José Antonio Crespo, según lo publicó en su libro "Votar en los estados", pág. 69, el total ascendía entonces a 990 y hoy son un mil 72 como se informó (al principio de este articulo), a pesar de dicha tendencia el Congreso local de Coahuila que surja de las elecciones del próximo mes de octubre, verá disminuido su número de 35 a 32 diputados. Caso verdaderamente insólito al que bien vale la pena referirse en una próxima entrega. Columnas anteriores
|
Columnas
Cartones
|