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Finanzas
Se ampararán comerciantes locales contra el IMPAC
El Heraldo de Tabasco
22 de febrero de 2007
Jorge Luis Hernández
Villahermosa, Tabasco.- Empresarios tabasqueños del sector comercios y servicios que se estiman en 2 mil en todo el estado, prevén interponer amparos ante la modificación a la Ley del Impuesto al Activo en la que se elimina la deducción de deudas para calcular la base del impuesto (IMPAC), así lo dio a conocer el empresario farmacéutico y presidente de la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Villahermosa (Canaco), contador Carlos Arturo Rosario Pérez. El dirigente empresarial, destacó que a nivel nacional ya se interpusieron los primeros amparos de este año ante el Juzgado de Distrito en la capital del país y los interpuso la Asociación Mexicana de Distribuidores de Automóviles (AMDA) quien representa a los más de mil 600 distribuidores de autos en el país. En este paquete de amparos van definitivamente los distribuidores de automóviles nuevos en Tabasco, como son las agencias Nissan, Renault, Peugeot, Mitsubishi, Mercedes Benz, Audi, Chevrolet, Ford, Toyota, BMW, Volkswagen, y otras agencias que son representadas por la AMDA en el centro del país. Por lo que respecta a la Cámara de Comercio, Servicios y Turismo, ya hay empresarios que están solicitando información al respecto y tenemos previsto realizar reuniones con ellos para darles la información sobre esta disposición fiscal y como enfrentarlo con éxito. En la Canaco, hay más de 2 mil empresarios afiliados, pero a nivel Tabasco la base de contribuyentes personas fisicas y morales es de 141 mil y de éstos, son personas morales (empresas) poco más de 7 mil en todo el estado. De entrada, la recomendación para poder declarar el impuesto al activo como se estaba haciendo antes de 2007, es ampararse y ya muchos lo están tomando como una alternativa viable, porque la diferencia con esta nueva reforma si les impacta de manera sustancial en sus operaciones económicas. Por su parte, el presidente del Colegio de Contadores Públicos del Estado de Tabasco, Javier Rodríguez Izquierdo, destacó que ya están orientando a los empresarios, personas físicas y morales sobre como enfrentar esta situación y no dudaron en recurrir al amparo en los próximos días para declarar sus impuestos. De acuerdo a la reforma en cuestión, esta tasa de impuesto se reduce del 1.8% al 1.25% para el cálculo del impuesto anual o del ejercicio, esto en congruencia con la eliminación de la deducción de deudas para determinar la base del impuesto y tiene como fundamento legal el artículo 2 de la Ley del IA. "Con el objeto de fortalecer y sostener la finalidad que dio origen a la creación del impuesto al activo de ser un gravamen complementario del impuesto sobre la renta, se elimina la posibilidad de deducir las deudas para determinar la base del impuesto", reza el informe de aprobación. Agrega que en el caso de los pagos provisionales que se deban efectuar en el 2007, los mismos se calcularán tomando en cuenta el impuesto del ejercicio inmediato anterior, pero este de deberá calcular sin deducir las deudas correspondientes al mismo. Lo anterior modificación se hace debido el impuesto al activo ha dejado de cumplir con su finalidad primordial de complementar al impuesto sobre la renta, ya que por la deducción de las deudas se reduce y en ocasiones se deja de pagar el citado impuesto al activo no obstante tampoco se pague impuesto sobre la renta por determinar pérdidas fiscales, según el fundamento legal del artículo 5 y séptimo transitorio de la I.A. Respecto al Cálculo del impuesto con base en el del cuarto ejercicio anterior, se establece que los contribuyentes que opten por calcular el impuesto al activo con base en el que hayan determinado en el cuarto ejercicio inmediato anterior, no podrán deducir las deudas que se hayan tenido en ese ejercicio. Conforme a lo anterior, continúa el beneficio, de poder calcular el impuesto con base en el cuarto ejercicio anterior lo cual permite que se haga utilizando una base menor, pero en congruencia con la derogación del artículo 5 de la ley, también se elimina la deducción de deudas: artículo 5-A de la I.A. |
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