México
Jueces, obligados a valorar pruebas para custodia de menores: SCJN
Organización Editorial Mexicana
4 de septiembre de 2010


Por Manuel Carvallo / El Sol de México

Ciudad de México.- Tras varias horas de análisis profundo, los ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvieron que la guarda y custodia de menores no le corresponde necesariamente a la madre.

Y es que -señalan- para tal efecto debe imperar el interés superior del niño, lo cual implica que el juez está obligado a valorar todos los medios probatorios que estén en el expediente para determinar a quién le corresponde el cuidado de los hijos.

Con ello, los ministros revocaron la sentencia emitida por un juez de lo familiar y reservaron jurisdicción al tribunal competente, a fin de determinar a quién le corresponde el cuidado de los hijos, con base en la valoración integral de todas y cada una de las pruebas ofrecidas.

Los ministros subrayaron que "es cierto que la guarda y custodia le corresponde a la madre, salvo que sea perjudicial para el menor".

Y agregaron: "En ese sentido, el juez determinará a quién le corresponde el cuidado de los hijos, atendiendo al mayor beneficio del menor y de todos los elementos que tenga a su alcance.

Precisaron que, aun cuando en la demanda de guarda y custodia se omitan plantear hechos que señalen que dejar a la madre el cuidado de los hijos podría resultar perjudicial para los mismos, tal omisión no limita al juzgador a valorar el material probatorio que pudiera corroborar tal situación.

Ello significa, explicaron, que en tales casos debe privilegiarse la verdad histórica frente a la jurídica, lo que obliga a que el juzgador valore todas las pruebas que le hayan presentado, y determinar la guarda y custodia con base en la valoración integral de dicho material probatorio.