Opinión / Columna
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Mario I. Alvarez Ledesma
Los derechos humanos y sus presupuestos
Organización Editorial Mexicana
29 de septiembre de 2009
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En últimos días se han suscitado en nuestro país temas de coyuntura que han tenido con ver con los derechos humanos. La designación del nuevo procurador General de la República trajo a cuento el tema de las muertas de Juárez y, el tema de los nuevos impuestos contenidos en la reforma fiscal propuesta por el Ejecutivo, sacó a relucir la cuestión de los derechos económicos y sociales.
En uno y en otro casos, ha estado ausente un análisis riguroso sobre las reales causas de las violaciones a los derechos humanos que en materia de procuración de justicia fueron víctimas aquellas mujeres, o el origen de la injusticia social de la que estamos siendo todos objeto, dada la poca imaginación, para decir lo menos, de nuestras autoridades hacendarias.
En realidad, cuando aludimos a una violación a derechos humanos se debe abrir un doble espacio de reflexión. El primero, el que resulta más obvio y recurrente, es el referido a los principios o valores que están en juego, ya la vida, ya la libertad, ya la igualdad, ya la integridad física y con ellos la afectación a ciertos principios que se consideran el eje de gravedad de los derechos humanos: básicamente la idea de autonomía de la persona humana y su dignidad o, como algunos pensadores prefieren llamarle, su inviolabilidad.
En efecto, dado que los derechos humanos son una teoría de la justicia, estos presupuestos son llamados presupuestos teóricos o axiológicos, y sostienen que todas las personas están dotadas de racionalidad y de voluntad, lo que las hace entes morales por excelencia, capaces de tomar decisiones sobre su vida y su destino. Por lo tanto, ninguna decisión de poder, cuya función central consiste precisamente en proteger a la persona (puesto que para ello fue concebido) debe afectar esos presupuestos. En suma, ningún acto de poder social puede pasar por sobre la autonomía y dignidad de las personas; de hacerlo concretará una violación a derechos humanos que la ley, se supone, debe castigar.
Sin embargo, lo que suele olvidarse es precisamente lo que ha hecho falta en los ya citados casos en los que sale a colación el tema derechos humanos, y es que éstos poseen una segunda clase de presupuestos, los funcionales. Es decir, que para que los derechos humanos puedan -valga la redundancia- funcionar, hay menester de una serie de condiciones fácticas que los hagan posibles, porque de otro modo, como fácilmente puede inferirse, nos moveremos exclusivamente en el terreno de la teoría, de las buenas intenciones, incluso, de las utopías.
Los derechos humanos requieren, básicamente, para ser posibles en la realidad, de democracia, desarrollo económico, pluralidad social y Estado de derecho. Si existiera un déficit en cualquiera de estas condiciones de realización de los derechos humanos, las violaciones a los mismos correrán paralelas a ese déficit. Es decir, que a mayor pobreza y marginación, a falta de procedimientos eficientes de participación ciudadana, mayoritaria y transparente en la toma de decisiones en los ámbitos públicos, a mayor cantidad de dogmas sociales, actitudes discriminatorias y racistas, fundamentalistas o retrógradas y a una mala administración de justicia, habrá necesariamente mayores posibilidades de que se produzcan violaciones a los derechos humanos.
Un ejemplo paradigmático de lo anterior se da, precisamente, en los casos sistemáticos de vulneración a tales derechos, en donde alguno o la mayoría de esos presupuestos funcionales fallan gravemente, con las consecuencias dolorosas y desastrosas de asuntos tan dramáticos como las muertas de Juárez o la manera en que se cobran los impuestos en México, se distribuye la riqueza y se reparte el costo social.
Tejer críticas sobre la violación a los derechos humanos basándose en la desatención a los presupuestos teóricos resulta relativamente sencillo, permite adoptar posiciones políticas progresistas, como suelen buscarlo algunas de nuestras "figuras" públicas u opinadores profesionales. Muy pocos, empero, están en condición de ocuparse con seriedad de las vulneraciones a los presupuestos funcionales de los derechos humanos, que es donde radica la clave del asunto.
EL PESO DE LA PLUMA
m.alvarezledesma@yahoo.com.mx
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