Cuernavaca
Sigue oposición de la IP al IETU
* Sugiere consultor revisen su carga tributaria; si es mayor en el 2008, que busquen amparo
El Sol de Cuernavaca
24 de febrero de 2008

Pedro I. Oseguera

Cuernavaca, Morelos.- José Carlos Villegas Martínez, socio de Consultores Estratégicos Integrados de Morelos, hace la recomendación a los empresarios, a que realicen su ejercicio presupuestal del año de 2008 para determinar si su carga tributaria es mayor a la de años anteriores, "en caso de resultar una cantidad mayor, que se amparen contra el pago del Impuesto a Tasa Única (IETU)".

No obstante, el entrevistado comentó que antes de buscar promover un amparo, deben de analizar si lo que pagarán de IETU es el equivalente a lo que pagan del Impuesto Sobre la Renta (ISR), "porque entonces el promover un amparo no tendría sentido, recordando que a partir del pasado lunes 18, aún existen 15 días hábiles para llevar a cabo esa protección de la justicia federal en contra de dicho impuesto".

En entrevista telefónica, el analista hizo notar que los empresarios tienen que hacer un análisis en lo particular, de cuanto estarían pagando al mes por concepto del IETU , una vez determinen dicho estudio, tomar la decisión sobre la conveniencia de si vale la pena o no el ampararse ante la justicia federal para no pagar dicho impuesto, cuya vigencia empezó el pasado primero de enero, y de acuerdo con las autoridades de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el próximo viernes 22 del mes en curso, será el último día en que se podrá pagar lo equivalente al presente mes, siempre y cuando los contribuyentes tengan los números 9 o 0 en su Registro Federal de Contribuyentes numérico.

Villegas Martínez, quien forma parte del grupo Ejecutivo en Relaciones Industriales del Estado de Morelos (ERIEM) comentó que una de las consecuencias más graves que trae consigo el IETU, es que no se pueden deducir los salarios de los trabajadores y sobre todo las prestaciones, "sin embargo, cada empresa es un caso en particular para el pago del IETU y recalcó que por lo que corresponde a las escuelas que imparten preescolar, primaria, secundaria y preparatoria con registro de validez oficial de estudios no se les obliga a pagar el IETU, no así el ISR, siempre y cuando estén autorizados a recibir donativos, "lo cual califico como una total inequidad, respecto a las otros entes económicos que operan en el país en lo general y en el estado en lo particular".

Finalmente, el entrevistado recalco que cada empresa tiene que hacer su ejercicio fiscal por lo menos por el año de 2008, "un presupuesto y con base en ello determinar que tanto les va a afectar el pago del IETU, si la cantidad a pagar merma sus ganancias como empresa deberán ampararse, sino no tiene caso, sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación solamente protege a quienes promueven sus amparos de manera directa y aquellas que no tengan utilidades pagaran IETU y no el ISR".