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Córdoba
Multas y clausuras podría aplicar el SAT a negocios
El Sol de Córdoba
25 de julio de 2008
Ivon Graciano Serrano
Córdoba, Veracruz.- Una multa de 9 mil 783 pesos hasta de $55 mil e incluso la clausura del establecimiento comercial por 15 días aplicará el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en contra de aquellos contribuyentes que no entreguen a sus clientes el comprobante fiscal. En este sentido, de acuerdo a una inspección realizada en la circunscripción el Servicio detectó que en restaurantes, cafés, imprentas, tiendas de autoservicio y giros diversos, no cumplen con esta obligación. Por tal motivo, la administradora local de Asistencia al Contribuyente, Sandra Leticia Pérez del Valle, expresó que hacen un llamado a los empresarios que se dedican a algún giro comercial para que se reivindiquen en su función y eviten que las autoridades tributarias ejecuten el Código Fiscal de la Federación para deslindar responsabilidades de acuerdo al artículo 83. En este sentido, refirió que es importante que el contribuyente que pagó por un bien o servicio cuente con un comprobante por la transacción que efectuó, ya que le permitirá disminuir ese gasto de sus ingresos o bien disminuir del IVA que tiene a cargo el impuesto pagado. Asimismo, para la persona que enajena bienes o preste servicio, es el medio por el cual puede comprobar los ingresos que percibe, y debe ser su fuente de información al momento de calcular el pago de sus impuestos. Pérez del Valle enfatizó que como persona física o moral también tiene el derecho de evidenciar a los establecimientos autorizados para imprimir comprobantes que incurran en irregularidades o las que no están autorizadas a través del Infosat 01 800 463 6782, en donde le podrán atender de lunes a sábado de 8:00 a 21:00 horas. |
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