Opinión / Columna
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Alma Valdés Salas
Libertad de información vs. libertad de expresión
El Occidental
26 de noviembre de 2011
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Contradictoriamente a lo que parece, la libertad de información es una noción opuesta a la libertad de expresión. La primera consiste en difundir algo conocido y seguro. La segunda en presentar públicamente, una visión personal. La libertad de información presupone una verdad objetiva, la libertad de expresión implica que esa verdad lleva a la relación que mantenemos con algo y no a ese propio algo.
Para la lógica de la información, la adquisición de los conocimientos es un fin en sí mismo. A partir de ahí, de esa pérdida de un mundo incoherente en donde esperamos de manera tolerable que otros (los medios y los comunicadores) vean y determinen la realidad por nosotros, recepcionen los sucesos y los transmitan. Entonces su visión y opinión es para los lectores, oyentes y televidentes, "un ejercicio del derecho a estar informados", qué más da si es con la visión de otros, con la interferencia de otros, con mediadores entre nosotros y la realidad.
Pero como sociedad, nos dejamos llevar y abandonamos la responsabilidad de tomar conciencia de la línea divisoria tan delgada entre "informar" y "expresar ideas", de las implicaciones fundamentales de la noción insignificante de informar desde un estado de ánimo, desde una manera de ser en el mundo; desde el estado del espectáculo; desde el consentimiento o la crítica al de al lado. Y ¿qué hacer? cuando el expresar ideas va de la mano con el derecho de informar; cuando la libre expresión de las ideas enfrenta desde percepciones objetivas y subjetivas a dos importantes medios de comunicación nacionales. ¿Qué hacer?
La realidad es que a nadie le gusta que lo critiquen, ni a una persona políticamente o públicamente expuesta, ni a un ciudadano común y corriente, ni a un medio de comunicación. La crítica tradicional de los medios, estima que ahí está la mano de grupos económicos y casi siempre va dirigida a personajes de la vida pública o el medio es objeto del golpeteo entre actores de la vida política. Pero se puede ir más allá. La crítica entre medios de comunicación no es parte de los escenarios que estemos acostumbrados a ver como parte de la democracia.
Entonces porqué es de extrañarnos que el criterio recientemente expresado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) con respecto al caso La Jornada vs Letras Libres, que encuentra su origen en la columna escrita por Fernando García Ramírez, intitulada: "Cómplices del terror", publicada en la revista Letras Libres en marzo de 2004, en la que, entre otros aspectos, expuso que La Jornada tenía un acuerdo de colaboración en proyectos informativos con el diario Gara, periódico del brazo político del grupo separatista ETA. Caso que se dirimió después de siete años en la Primera Sala de la SCJN, resolución que va apegada a analizar la libertad de expresión, desde la perspectiva del ejercicio de gozar del equilibrio de los derechos que como entes individuales tenemos.
A todo esto, la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión, reconoce que cuando se obstaculiza el libre debate de ideas y opiniones, se limita la libertad de expresión y el efectivo desarrollo del proceso democrático; y considera la importancia de la libertad de prensa como esencial para la realización del pleno y eficaz ejercicio de la libertad de expresión e instrumento indispensable para el funcionamiento de una democracia representativa, mediante la cual, los ciudadanos ejercen su derecho a recibir, difundir y buscar información.
* Analista mediática y doctora en Derecho
analisis@notiemp.com
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