Guadalajara
Nuevo referéndum
El Occidental
6 de septiembre de 2008

Víctor M. Ramírez Alvarez

Guadalajara, Jalisco.- Ordenan los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Jalisco (TEPJEJ) a los consejeros del Instituto Electoral hacer un nuevo muestreo de verificación de firmas de la solicitud del referéndum derogatorio de la tarifa del transporte público, ya que la utilizada (1.48 por ciento) en la discusión anterior no es confiable y en estos asuntos no son causa de proyección estadística para determinar la validez o no, aseguró José Guillermo Meza García.

"Está ordenando (el TEPJEJ) al Consejo Electoral que haga un nuevo muestreo, que haga un nuevo ejercicio, en el cual se llegue a determinar con toda certidumbre si efectivamente las solicitudes y las firmas que causan esa petición, pues son las que podrían satisfacer la totalidad de los requisitos que establece la ley", explicó el presidente del tribunal.

De acuerdo con lo establecido en el dictamen que se le enviará al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana, en 15 días naturales, deberán de ampliar la muestra de verificación de firmas hasta lograr un cierto número significativo y que demuestre la tendencia real de la validez de firmas para apoyar la petición ciudadana para derogar el aumento de la tarifa del transporte público.

"Este tribunal encontró que la muestra aleatoria que se obtuvo como proyección estadística para determinar que la solicitud de los ciudadanos para el referéndum derogatoria o satisfacía los requisitos marcados por la constitución, es decir que el número de firmas resultaban ser insuficientes para complementar el 2.5 por ciento del padrón electoral" estimado en poco más e cinco millones al corte del nueve mayo, explicó el magistrado presidente.

Meza García aseguró, con base en el análisis hecho "que la proyección estadística no arroja certeza sobre el número adecuado que debería haber causado esta solicitud, por lo cual se ordena" a los integrantes del Instituto Electoral haga este nuevo muestreo en donde con toda certidumbre se determine la validez de las firmas.

Agregó que en el acuerdo impugnado por César Barba -quien interpuso la petición de referéndum- deberá satisfacer las condiciones marcadas por la ley para determinar si existe una violación al orden público, por eso es relevante hacer este nuevo estudio para llegar "con toda certeza de que la firmas reúnen las características y el puntaje que la ley y nuestra constitución establecen".

Al cuestionarlo sobre el porcentaje a tomar como referencia de las 147 mil firmas presentadas por los ciudadanos, deberían ser cotejadas con el padrón electoral al 9 de mayo para hacer válida esa proyección impugnada, el funcionario indicó que serán los mismos magistrados quienes determinen el monto.

"La ley y la Constitución establecen el 2.5 por ciento del padrón electoral, será un ejercicio que el propio Instituto electoral deberá determinar. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial ha determinado que la proyección estadística no es válido determinarlo con base en estos ejercicios estadísticos, por lo tanto deberá tomarse la muestra suficiente para determinar si son reales o no las firma", aseguró.