Finanzas
Cobrará SHCP impuesto al activo pese a entrada de IETU
Organización Editorial Mexicana
10 de marzo de 2008

Jorge Vega / El Sol de México

Ciudad de México.- Aunque con la entrada en vigor este año de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Unica (IETU) quedó sin validez la Ley del Impuesto al Activo (Impac), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) todavía lo cobrará en monto, tiempo y forma, al considerar que hay contribuyentes que tienen obligaciones derivadas de este ordenamiento que se generaron durante su vigencia, desde 1989.

Además, la SHCP ratificó que para el próximo año establecerá el Presupuesto basado en Resultados (PbR), con lo cual los recursos que aportan los contribuyentes se asignarán a los diferentes programas gubernamentales en función de las prioridades, objetivos y metas que se pretendan alcanzar.

En cuanto al Impac, el reporte semanal de la vocería de la Secretaría de Hacienda aclara que no fue sustituido por el IETU porque se considerara que aquel fuese inconstitucional o no cumpliera con su función de impuesto de control, sino por considerar que el IETU es un impuesto flexible, neutral y competitivo, capaz de adaptarse mejor a la necesidad presente y futura de fortalecer los ingresos públicos con recursos menos volátiles.

Se indicó que el nuevo impuesto devuelve equidad a la estructura tributaria al cerrarle el paso más decididamente a la elusión, y es un impuesto que tiene un importante efecto positivo en la actividad económica, pues incentiva la formación de capital productivo.

Así, la SHCP exhortó a los contribuyentes que todavía tienen adeudos del Impuesto al Activo, a que los cumplan a cabalidad.

Y es que la recaudación del Impac disminuyó considerablemente a partir de mediados de los años noventa, alcanzando su punto más bajo en 2005 y 2006, cuando por este impuesto sólo se recaudó el 0.15 y 0.10 por ciento del PIB, respectivamente, y en los que también se observa un incremento en el ISR.

En general, durante su vigencia, el comportamiento de la recaudación del Impac se debió principalmente a la erosión de su base, al permitir la deducción de algunos tipos de deudas, lo cual disminuyó su efectividad como impuesto mínimo, así como de mecanismo de control para el ISR, señaló la SHCP.

Lo anterior fue consecuencia de la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que lo declaró inconstitucional por violar el principio de equidad, al permitir sólo la deducción de cierto tipo de deudas, y posteriormente, porque a partir de 2005, con el fin de otorgar seguridad jurídica a los contribuyentes y procurar que en la práctica el impuesto resultase equitativo y no sólo se beneficiaran de la deducción de las deudas aquellos contribuyentes que impusieran algún recurso legal en contra del impuesto, se permitió la deducción de las deudas contratadas con el sistema financiero y en el extranjero, entre otras.

Respecto a la implantación en el 2009 del presupuesto basado en resultados, Hacienda señaló que con ello se evaluará el desempeño de los programas por expertos independientes y se medirá el grado de cumplimiento de los objetivos y metas de los programas a través de indicadores.

Se indicó que la información sobre el desempeño de los programas servirá para retroalimentar el proceso presupuestario, es decir, para la toma de decisiones sobre el diseño de los programas y la asignación de los recursos en los subsecuentes ejercicios fiscales.