Tabasco
No "perdona" hacienda a empresarios; sólo da prórroga de pago
Sebastián López Gómez, presidente del Colegio de Contadores Públicos de Tabasco. Foto: Jorge Arias / El Heraldo de Tabasco.
Colegio de contadores públicos
El Heraldo de Tabasco
3 de diciembre de 2007

Jorge Luís Hernández

Villahermosa, Tabasco.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) no eximen de las obligaciones fiscales ni del pago de las cuota obrero-patronales a los contribuyentes tabasqueños y chiapanecos afectados por las inundaciones, sino solo les da una prórroga para cumplir con ellas, por lo que no existe "ningún beneficio fiscal" y así será más difícil que los empresarios puedan volver "a levantar" sus negocios, aseguró el presidente del Colegio de Contadores Públicos de Tabasco, Sebastián López Gómez.

Comparado a los efectos de la inundación de 1999, consideró que aunque este siniestro causó menores daños al empresariado, los beneficios fiscales otorgados por la SCHP fueron mayores, por lo que demandó a las autoridades federales decreten eximir o condonar obligaciones fiscales desde el mes de octubre hasta el mes de junio de 2008.

Entrevistado en las oficinas del Colegio de Contadores Públicos del Estado de Tabasco (el Colegio más antiguo, como lo identifican), López Méndez, relató que el pasado 7 de noviembre el gobierno federal publicó un decreto sobre el que "exime" del pago provisional del impuesto de los meses de octubre, noviembre y diciembre del 2007, así como los meses de enero a junio del 2008, que se señalan como el primero, segundo trimestre, al primero y segundo cuatrimestre y al primer semestre del 2008, según se trate, por los ingresos que obtengan los contribuyentes, personas morales que tributen en los términos del Titulo Segundo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y las personas físicas que tributen en los términos del Capítulo Segundo Sección I y II y del Capítulo Tercero del Titulo IV de la misma ley del ISR siempre que tengan su domicilio en la zona que se haya inundado en los estados de Tabasco y Chiapas.

El decreto establece que los contribuyentes señalados anteriormente podrán efectuar el pago del Impuesto Sobre la Renta y el IVA a su cargo, correspondiente al ejercicio fiscal 2007 en los términos de parcialidades que correspondan al número de meses, contenidos en el periodo del mes en que se debe presentar la declaración anual y hasta el mes de diciembre del 2008.

Dichas parcialidades deberán pagarse en montos iguales y por cada uno de los meses 200 y la primera parcialidad se enterará conjuntamente con la declaración del ejercicio fiscal correspondiente.

Por otro lado, se "exime" de la obligación de pagar el Impuesto Sobre la Renta y el Impuesto al Valor Agregado, correspondiente al quinto y sexto bimestre del ejercicio fiscal 2007 a los contribuyentes del régimen pequeño siempre que estos se encuentren ubicados en la zona anegada por la inundación.

Siguió diciendo que también se otorga un estimulo fiscal a los contribuyentes que hayan resultado afectado con motivo de la inundación y consiste en deducir en forma inmediata las deducciones de inversiones en bienes nuevos de activos fijos, en los términos del articulo 220 de la ley del ISR.

"Como podemos darnos cuenta, en esta ocasión la Federación no nos está dando ningún beneficio, no nos "exime" del pago del ISR, sino que los prórroga para el 2008. Sin embargo en el 1999 se emitió un decreto en donde se eximía el pago del ISR a todas aquellas empresas que resultaron afectadas por la inundación de ese entonces, pero en esta ocasión que la inundación fue mayor y los daños que sufrieron los empresarios y la sociedad fue también mayor que se habla y se constatan pérdidas totales, en esta ocasión el Presidente no nos exime de la obligación simplemente nos la prorroga y esto está causando incertidumbre en los empresarios porque si tiene para volverse a levantar no tendrá para pagar impuestos y entonces no se podrá recuperar realmente la economía.

"El llamado del Colegio de Contadores Públicos de Tabasco al Presidente de la República, es que se emita un nuevo decreto en que se exima el pago del ISR y el IVA de todas aquellas empresas que hayan sufrido daños en su negocios por la inundación pasada".

Dijo tener conocimiento de la propuesta del Senado enviada al Ejecutivo, pero si no se aprueba, si no se publica, son simplemente dichos y sigue la incertidumbre.

EL MISMO CRITERIO TOMO EL IMSS

Por otro lado, denunció que el mismo criterio tomó el Instituto Mexicano del Seguro Social en cuanto a las cuotas, no así el Infonavit, que si aplicó la condonación del quinto y sexto bimestre del 2007 al primer bimestre del 2008, lo que nos dice que se podrá pagar hasta el 19 de mayo del 2008.

LAS CONDONACIONES LOCALES

Por lo correspondiente a los impuestos estatales como el 1 por ciento de Impuesto Sobre Nómina, el 2 por ciento del Impuesto al Hospedaje y el 3 por ciento por el Honorarios, la Secretaría de Administración y Finanzas emitió un decreto en el que establece la condonación del mes de octubre y se eximen los meses de noviembre y diciembre. En estos meses se podrá declarar en cero, según lo marca la autoridad.

Por lo que toca a impuestos federales que recauda Finanzas, dijo que este se pagará a partir del mes siguiente a diciembre, en parcialidades o al presentarse la declaración anual del ejercicio, como por ejemplo si es persona física lo hará hasta el 30 de abril, con el prorrateo correspondiente a los meses que no se pagaron los impuestos Sobre la Renta.

Finalmente el dirigente de los contadores, hizo un llamado a que se bajen los recursos de inmediato, porque ya se tiene un mes de la contingencia y la gente ya está desesperada, aquella gente que quedó sin nada y aquellos empresarios que perdimos todo, demandan que aterricen los recursos de inmediato, aunque reconoció la labor del gobernador Andrés Rafael Granier Melo, que se reconoce por su trabajo hombro con hombro con miles de personas anónimas que han contribuido a sacar adelante a nuestra entidad.