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Opinión
![]() Ernesto Barragán Name
Congreso resolutor
Diario de Xalapa
26 de enero de 2008
Ahora que estamos escuchando que ya se vienen las elecciones para agentes y subagentes municipales en todo lo largo y ancho del país, nuevamente se vivirá un caos, producto del Congreso pasado y que desgraciadamente ya no se puede poner fin en este periodo.
Por principio de cuentas, el artículo 104 Constitucional señala: Las leyes electorales federal y locales deberán promulgarse y publicarse por lo menos 90 días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse, y durante el mismo no podrá haber modificaciones legales fundamentales. Del anterior artículo se puede desprender que no puede darse modificación alguna, si no se presenta la reforma 90 días antes de que inicie el proceso electoral, esto es, en caso de los agentes y subagentes municipales, el proceso comenzó en los primero 20 días del año, por disposición expresa de la ley, en la que obliga la entrega de la convocatoria. Sin embargo, es la propia Ley Orgánica del Municipio Libre la que desconoce como autoridad al Instituto Electoral Veracruzano, y a pesar de que cuesta una fortuna su manutención, para todos los efectos de esta Ley, la autoridad máxima electoral son los municipios. ¿Se le hace lógico? Por supuesto que la respuesta es negativa, pues si usted se pone a pensar detenidamente, los municipios son órganos de la nación que ejecutan los recursos primarios que reciben por parte del Gobierno federal y el estatal, pero no se trata de cuestiones que hagan o causen problemas, sino todo lo contrario, que las resuelvan con prontitud y de acuerdo a derecho. Por lo anterior, cuando un ayuntamiento se convierte de la noche a la mañana en un órgano electoral, con todas las facultades que marca la ley, es casi seguro que se cometan errores graves que después traigan consecuencias irremediables. Por ejemplo, se conforma un Consejo Electoral Municipal, que solamente está concentrado en tres personas, una seleccionada por el presidente municipal, otra por el Congreso local, y una por el subcomité de Obras, el que representa a la ciudadanía. No obstante, los problemas no terminan en este apartado, sino que tendrán que llevar a cabo, en muchos de los casos, un proceso completo, desde el registro de los candidatos, hasta la propia jornada electoral, y en donde en cada etapa se puede propiciar impugnaciones como en todos los procesos respectivos. Sin embargo, aquí es donde está el otro absurdo, que consiste en que el que resuelve las impugnaciones no es el Tribunal Electoral, como todos lo conocemos, sino que depende del Congreso local, y sin lugar a dudas es el motivo más grande que genera problemas en la práctica. Lo anterior, porque si son 212 ayuntamientos, en la mayoría hay agentes y subagentes que rebasan la propia cantidad de ayuntamientos, por lo que estamos hablando generalmente de más de mil elecciones, y en donde los diputados ya con la carga que les conocemos, no tienen la forma ni la manera de lograr resolver esa cantidad de juicios al por mayor, por lo que terminan tomando posesión del cargo y finalmente para salvarlos interviene el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Seguramente el proceso que viene será uno de los más atractivos que veremos en muchos años, y en donde las fuerzas ciudadanas se manifestarán como siempre, por colores. Opine: ontacto@veriver.com.mx Columnas anteriores
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