Opinión / Columna
 
Luis Guillermo Franco Robles 
¿Quo vadis IEV?
Diario de Xalapa
30 de enero de 2010

  Es lamentable la manera en que la actuación de algunos integrantes del Instituto Electoral Veracruzano se ha ido extraviando. Desgraciadamente el bloque de Alfonso Ayala y Víctor Borges parece tener éxito, sus ímpetus de protagonismo están embarrando las atribuciones que competen a la autoridad electoral. Todo aquel que tenga nociones mínimas, sabe que la ley, como fenómeno producido por la convivencia social, no se encuentra estática, por lo tanto toda legislación puede considerarse como inacabada y susceptible de reformarse para continuar en la búsqueda de la perfectibilidad.

El pasado lunes, en diversos medios de comunicación, los integrantes del Consejo General Electoral publicaron un comunicado ocioso en su propósito, deficiente por su poca calidad en la sintaxis y magro por la abundancia de la verborrea. Si tuviera que darle crédito al texto mencionado, entonces también pensaría que se encuentra cerca el patíbulo universal y tendría que darle la razón al padre Quintín; afortunadamente me resulta que las "precisiones" del Consejo exhiben una profunda pobreza de las cualidades del amanuense al que le consignaron la tarea de redactar "el exhorto".

En materia electoral, de acuerdo a la tradición occidental, hay ciertos principios generales compartidos, que de su cumplimiento se garantiza la pulcritud de cualquier elección, y me refiero desde una jornada para definir un presidente de Sociedad de Alumnos o de un Comité de Colonia o Ejidal hasta una elección constitucional federal. A qué principios me refiero, pues los propios integrantes del Consejo General suscriben que "El Instituto Electoral Veracruzano tiene entre sus atribuciones contribuir al desarrollo, la promoción y la difusión de la vida y de la cultura democrática en nuestro Estado; le corresponde, también, el cumplimiento y la salvaguarda de los principios de legalidad, imparcialidad, objetividad, certeza, independencia, profesionalismo, equidad y transparencia". La cita es en relación al primer párrafo del documento firmado por los consejeros electorales, el secretario ejecutivo y los representantes de los partidos políticos acreditados.

Insistiendo en los principios, éstos se encuentran debidamente inscritos en el artículo 113 del Código Electoral Veracruzano, pero es imperdonable que hayan omitido uno, ¿o en realidad fue una supresión de sincero cinismo? Todos los fundamentos son importantes, pero para los signatarios la "definitividad" no es importante.

Bajo esta lógica truculenta, alentada por los consejeros Alfonso Ayala y Víctor Borges, entonces si somos desconfiados no estamos mal. Si el principio de definitividad no les acomoda, entonces sería aceptar que dejan abierto su desempeño a la discrecionalidad. La pregunta es, ¿entonces los integrantes del Consejo General pueden ponerse de acuerdo para violar la ley flagrantemente de acuerdo a sus propias conveniencias? Como referí, cualquier ley es susceptible de perfeccionarse, debe quedar apuntado para su posterior anulación en la legislatura local, el numeral 18 del Código Electoral confirma que lo de la "definitividad" le resultó una vacilada a la Junta de Coordinación Política que curiosamente presidía Héctor Yunes Landa. La sopa de muchos legisladores que ya pidieron o solicitarán licencia es que buscarán un puesto de elección popular con la incertidumbre que el decimooctavo apunta textualmente: "En las elecciones ordinarias, el Consejo General del Instituto podrá, por causa justificada o de fuerza mayor, ampliar y adecuar los plazos que señala este Código. El acuerdo correspondiente deberá publicarse en la Gaceta Oficial del Estado, para que surta sus efectos".

Quiero saber cuál es el criterio para establecer el concepto "causa de fuerza mayor o causa justificada". Esa expresión es una tomada de pelo, porque además le concede cualidades de "constituyente" al Consejo General del Instituto, ya que ellos podrán entonces "legislar encima del código" y cambiar fechas expresamente delimitadas. En lo local, puede ser que la instancia del poder judicial desestime cualquier queja, pero ya quiero ver que lleguen a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. El 18 ahí está como argucia legaloide para utilizar el comodín ante la inminencia de cualquier plazo y eso podría incluso referirse al 4 de julio. De acuerdo a esto las elecciones podrían realizarse en agosto si encuentran un buen pretexto. El problema ahora, es que el árbitro no encuentra la fórmula para evitar el desgaste. No es deseable para nadie que se llegue al 4 de julio con un juez debilitado, carcomido por excesos propios y omisiones. Por favor, se requiere profesionalismo y seriedad porque los consejeros no cobran dos salarios mínimos.
 
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