Opinión / Columna
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Abogados Empresariales
Miguel Ángel Martínez López
Colegiación de Abogados
El Occidental
26 de agosto de 2009
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El tema que ahora nos ocupa es digno de un estudio mucho más extenso que el contenido en estas líneas, pero debido a las limitantes propias del medio, trataré de hacer una brevísima reflexión sobre el particular.
El título profesional de abogado o licenciado en derecho garantiza que el interesado cumplió con el programa académico de alguna de las instituciones educativas con reconocimiento de validez oficial, y que al terminar los estudios, cumplió ciertos requisitos como haber redactado una tesis, presentado un examen de conocimientos, o acreditado tener experiencia profesional que le dé derecho para la expedición de su título.
La seriedad de la gran mayoría de las casas de estudios es el aval que garantiza la adecuada preparación del profesionista encargado de asesorar jurídicamente a quien requiere de sus servicios, pero... ¿quién se encarga de avalar que ésta se mantenga vigente, mientras las leyes se modifican constantemente? Recordemos que el Derecho es una ciencia social que evoluciona infatigablemente, adecuándose a las necesidades de la sociedad; cada año se incluyen nuevas leyes a nuestro sistema jurídico, amén de todas las que en menor y mayor escala se reforman cada año.
Sin lugar a dudas, son muchos los profesionales del derecho autodidactas, que en forma encomiable llevan una disciplina de estudio que les permite estar al día en el vertiginoso mundo de las leyes y sus interpretaciones, pero por otro lado, no podemos ser ciegos a la realidad de los abogados que escudados en una cédula profesional expedida años o décadas atrás, quedan obsoletos ocasionando riesgos innecesarios para quienes reciben sus servicios profesionales, sin mencionar a aquellos que con carreras truncas, se ostentan como profesionistas en perjuicio de la sociedad misma, sin mencionar el grave daño que le causan a nuestra profesión.
Los colegios de abogados tienen como objeto principal, dignificar el ejercicio profesional, ser voz gremial, líder de opinión y vigilar que el ejercicio profesional de sus miembros sea apegado a derecho.
Hoy día, la colegiación es un derecho del que gozamos todos los profesionistas, pero hay quienes defendemos la idea de que se legisle en pro de la colegiación obligatoria, sobre lo cual abundaré en otra oportunidad; por lo pronto me permito afirmar que los colegios de abogados serían la institución adecuada para certificar la actualización de los abogados, tal y como sucede en otras ramas profesionales como son los contadores o notarios públicos.
Además de la legislación en la materia, los miembros de los colegios de abogados deben cumplir con los estatutos que les rigen, así como con un estricto código de ética que marque los mínimos parámetros de la sana competencia y la ética en el actuar profesional.
En palabras del doctor Ignacio Burgoa Orihuela, en su obra "El Jurista y el Simulador del Derecho", concluyo que "la Colegiación de los Abogados es el medio indispensable para que los mismos puedan llegar a ser un factor real de poder que tenga influencia cultural o moral para mejorar el orden jurídico".
* Presidente de la ANADE Jalisco, Colegio de Abogados.
miguelangelmtz@prodigy.net.mx
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