Opinión / Columna
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Rodrigo Moreno Trujillo
Transparencia y Estado constitucional
El Occidental
18 de agosto de 2009
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JUSTICIA Y DEMOCRACIA
Mucho se ha escrito sobre la relación entre transparencia, democracia y la importancia de la constitucionalización del derecho a la información pública, como un elemento esencial del Estado constitucional. En este apartado podemos destacar que en la actualidad el Estado constitucional no puede pensarse sin el establecimiento de las condiciones formales y materiales que hagan efectivo el goce y ejercicio de los derechos fundamentales, entre ellos, el derecho de acceso a la información pública, así como tampoco puede concebirse una sociedad democrática abierta, sin la exigencia de la transparencia de los actos públicos.
Así, por ejemplo, la Carta Democrática Interamericana reconoce entre los componentes fundamentales del ejercicio de la democracia, junto con la probidad, la responsabilidad de los gobiernos en la gestión pública, el respeto por los derechos sociales y la libertad de expresión y de prensa, a la transparencia de las actividades gubernamentales.
La transparencia es ahora una exigencia democrática, republicana, es, como sugiere Jacqueline Peschard: "Una condición necesaria para que el imperio de la ley y la rendición de cuentas sea una realidad". De ahí que ella misma sostenga: "no hay poder legítimo y democrático si su ejercicio no se rige por el código de la transparencia".
Los derechos fundamentales, entre ellos el de acceso a la información pública, no admiten restricciones arbitrarias. Por ejemplo, en términos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, toda restricción permitida a tales derechos debe orientarse necesariamente al "bien común" y obedecer a "razones de interés general".
En materia de transparencia y acceso a la información, el principio de reserva de ley permite sostener que sólo se encuentran justificadas aquellas restricciones previstas en la legislación expresamente o derivadas de una interpretación razonable de la misma. En este sentido, si bien el derecho de acceso a la información pública admite restricciones, ante la ausencia de una limitación legal, opera el principio de máxima publicidad como principio estructural en la materia, tal como ahora lo dispone la fracción I del segundo párrafo del Artículo 6 Constitucional.
La prohibición de entregar datos personales, la confidencialidad de los expedientes judiciales en proceso de sustanciación, la reserva de información y su indisponibilidad son mecanismos que garantizan el adecuado equilibrio entre el derecho de acceso a la información y otros derechos y bienes públicos.
Aunado a lo anterior, el régimen de transparencia y el derecho de acceso a la información pública permiten garantizar la posibilidad de un control democrático indirecto, un "control social" de las acciones de los poderes públicos y de los demás sujetos obligados a entregar información, entre ellos los partidos políticos.
La transparencia es una forma permanente de rendición de cuentas. Una circunstancia favorable para que el ciudadano (cualquiera) ejerza su facultad de control indirecto del poder y, en este sentido, la transparencia es una herramienta disuasiva, preventiva y un remedio indispensable.
En este orden de ideas, la accountability (rendición de cuentas) juega un papel fundamental en el control político que la ciudadanía debe ejercer sobre las autoridades, pues a partir de una participación social más activa, las autoridades tendrán la necesidad de ser más escrupulosas de guardar y hacer guardar la Constitución y la ley.
En los procesos de democratización resulta vital el predominio de una sociedad libre, incluyente, abierta, pero sobre todo informada; ello brindará la posibilidad de que los ciudadanos se integren en la dinámica de los asuntos que nos interesan a todos, como la seguridad, la economía, la justicia, la familia, la salud, etcétera.
Un Estado democrático y constitucional de derecho, como el que aspiramos a tener en México, debe privilegiar el acceso de los ciudadanos a la información pública, pues en la medida que ésta nutra la opinión pública, podrá estar más y mejor direccionada en aras de contribuir al progreso de nuestra raza.
* Académico y analista electoral.
analisis@notiemp.com
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